miércoles, 1 de diciembre de 2010

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

8.- Artículo 3.- ¿Qué debe respetarse y protegerse?

La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural.

9.- Artículo 4.- ¿Cómo es la bandera?

La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

10.- Artículo 4.- ¿Qué podrán reconocer los Estatutos de Autonomía?

Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

11.- Artículo 5.- ¿Cuál es la capital del estado?

La capital del Estado es la Villa de Madrid.

12.- Artículo 6.- Los partidos políticos, ¿de qué son instrumentos?

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

13.- Artículo 7.- ¿A qué contribuyen los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales?

Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.


14.- Artículo 8.- Las Fuerzas Armadas, ¿cómo se constituyen?

Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


15.- Artículo 8.- Las Fuerzas Armadas, ¿cuál es su misión?

Una Ley Orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.


16.- Artículo 11.- ¿Cuáles son las características de la nacionalidad española?

-La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la Ley.
-Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
-El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.

No hay comentarios:

Publicar un comentario